Comprar una vivienda de obra nueva en un paraíso como Fuerteventura es una decisión emocionante. Sin embargo, para que la inversión sea un éxito, es fundamental tener una visión clara y completa de los costes totales. La compra no se limita al precio de la propiedad: existen una serie de impuestos y gastos asociados que, en Canarias, tienen sus propias particularidades.
En Casilla de Costa, queremos ofrecer total transparencia y ayudarte a planificar tu presupuesto con precisión. A continuación, desglosamos todos los gastos e impuestos que debes considerar al adquirir una de nuestras villas.

I. Impuestos directos: La clave fiscal en Canarias
El impuesto más significativo al comprar una vivienda de obra nueva es el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC), que sustituye al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) peninsular.
1. Impuesto General Indirecto Canario (IGIC)
En la Península, el IVA para obra nueva es del 10%. En Canarias, se aplica el IGIC, y el tipo impositivo para la compra de vivienda de obra nueva es del 7%.
- Aplicación: Se aplica sobre el precio de venta escriturado de la vivienda.
- Importancia: Esta diferencia del 3.5% con respecto a la Península hace que la compra en Fuerteventura sea más atractiva fiscalmente en este punto.
2. Actos jurídicos documentados (AJD)
Este impuesto grava los documentos notariales y registrales. En Canarias, el AJD se liquida conjuntamente con el IGIC.
- Tipo impositivo: El tipo general en Canarias es del 1% sobre el precio de venta de la vivienda.
- Total de impuestos: Sumando el IGIC y el AJD, el comprador debe prever un 8% del precio de la vivienda en concepto de impuestos obligatorios (7% IGIC + 1.5% AJD en la mayoría de los casos, aunque el tipo puede variar ligeramente según la base imponible y el municipio).
⭐ Dato clave de Casilla de Costa: En la mayoría de las compras de obra nueva en Canarias, el porcentaje total de impuestos directos (IGIC + AJD) se sitúa alrededor del 8%.
II. Gastos de formalización: Notaría, registro y gestoría
Además de los impuestos, existen una serie de gastos fijos necesarios para formalizar la operación e inscribir la propiedad a tu nombre.
3. Gastos de notaría
Son los honorarios del notario por la firma de la escritura de compraventa (la matriz). Estos gastos están regulados por ley y varían en función del precio de la vivienda.
- Estimación: Suelen oscilar entre el 0.2% y el 0.5% del precio escriturado. A mayor precio, menor es el porcentaje que se aplica.
4. Gastos de registro de la propiedad
Son los costes derivados de la inscripción de la vivienda a tu nombre en el Registro de la Propiedad. Al igual que los notariales, son aranceles regulados por ley.
- Estimación: Similares a los de Notaría, suelen situarse entre el 0.1% y el 0.25% del precio de la vivienda.
5. Gastos de gestoría
Si decides contratar una gestoría (lo más habitual) para tramitar la liquidación de impuestos, la inscripción en el Registro y la gestión de la hipoteca (si aplica), tendrás que pagar sus honorarios.
- Estimación: Este coste varía según la empresa, pero se sitúa generalmente entre 300€ y 600€. Recomendamos encarecidamente utilizar una gestoría especializada en transacciones en Canarias para asegurar la correcta liquidación del IGIC.
III. Gastos derivados de la financiación (hipoteca)
Si la compra se realiza con una hipoteca, existen gastos adicionales que deben considerarse.
6. Tasación del inmueble
El banco exigirá una tasación oficial de la vivienda para determinar el valor máximo que está dispuesto a financiar.
- Coste: Varía según la tasadora y las características de la vivienda, pero suele rondar entre 300€ y 500€.
7. Gastos de hipoteca
Desde la Ley de Crédito Inmobiliario de 2019, la mayor parte de los gastos de formalización de la hipoteca recaen sobre el banco:
- El banco paga: Notaría, Registro, Gestoría y AJD derivados del préstamo hipotecario.
- El comprador paga: Únicamente la tasación y las copias de la escritura que solicite.
Importante: Esta ley elimina la carga de los gastos del préstamo hipotecario para el comprador. No obstante, los gastos de Notaría, Registro y AJD derivados de la propia Compraventa (la transmisión del inmueble, que no es el préstamo) siguen siendo responsabilidad del comprador.
IV. Desglose y presupuesto total estimado
Para una planificación financiera correcta, el comprador debe prever que los gastos totales de la compra de una vivienda de obra nueva en Fuerteventura se sitúan entre el 9% y el 11% del precio de la compraventa.
| Concepto | Tipo Impositivo / Estimación | ¿Quién Paga? |
| Impuesto (IGIC) de la Compraventa | 7% | Comprador |
| Impuesto (AJD) de la Compraventa | 1% a 1.5% | Comprador |
| Notaría (Escritura de Compraventa) | 0.2% a 0.5% | Comprador |
| Registro de la Propiedad (Inscripción) | 0.1% a 0.25% | Comprador |
| Gestoría (Trámites de Compraventa) | Fijo (300€ – 600€) | Comprador |
| Tasación (si hay hipoteca) | Fijo (300€ – 500€) | Comprador |
| Notaría, Registro y AJD (del Préstamo Hipotecario) | Asumidos por la Entidad Financiera | Banco |
| **TOTAL GASTOS ADICIONALES | 9% – 11% (sin contar la hipoteca) |
Un ejemplo práctico (cifras ficticias):
| Concepto | Cálculo (para una propiedad de 400.000€) | Coste (€) |
| Precio de Venta | 400.000 € | |
| IGIC (7%) | 400.000€ x 7% | 28.000 € |
| AJD (1.5%) | 400.000€ x 1.5% | 6.000 € |
| Notaría y Registro (Est. 0.6%) | 400.000€ x 0.6% | 2.400 € |
| Gestoría y Tasación (Est.) | 800 € | |
| TOTAL GASTOS ADICIONALES | (Aproximadamente el 8.8%) | 37.200 € |
| INVERSIÓN TOTAL | 437.200 € |
Conclusión: Planifica con transparencia
Conocer la realidad fiscal y administrativa de Fuerteventura es esencial para cerrar una compra sin sorpresas. La ventaja del IGIC al 7% frente al IVA peninsular hace que la adquisición de una vivienda de obra nueva en Canarias sea una opción fiscalmente inteligente.
En Casilla de Costa, trabajamos con gestorías especializadas que pueden ofrecerte un presupuesto detallado y cerrar la operación con total seguridad, tanto si eres residente como si vienes del extranjero. La tranquilidad en la inversión es nuestro compromiso.
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